Una iguala profesional es un contrato entre dos partes destinado a contratar los servicios profesionales de un abogado de manera prolongada en el tiempo (normalmente periodos de tiempo semestrales o anuales), y en el que se busca el equilibrio entre los honorarios a pagar por dicho periodo temporal y el trabajo que deberá realizar el profesional por esa cuantía. O dicho en un lenguaje más burdo: es una especie de tarifa plana dentro del mundo del Derecho.
Evidentemente, las igualas profesionales se realizan cuando el cliente que contrata tiene entre manos temas que van a requerir la figura del Letrado de manera más o menos continua, y pacta con el abogado una remuneración económica que permita tenerlo «contratado» de manera permanente sin que ello suponga un coste desproporcionado. Al mismo tiempo, este acuerdo permite al abogado contar con unos ingresos fijos en base a lo recogido en el contrato y bajo las condiciones estipuladas. Como el encargo es genérico y abierto (esto es, se hace una previsión por el cliente y se acepta la misma por el abogado), puede darse el caso de que el cliente pague una cantidad de dinero por contratar unos servicios profesionales que luego no van a hacer falta en su totalidad, y análogamente lo mismo puede pasarle al Letrado, que acepte ser contratado por unas previsiones y que luego las mismas se desborden.
¿Qué tipos de igualas profesionales hay? Pues como uno puede imaginar son de lo más variadas. No obstante, hay dos muy generales que son las que más se usan en el mundo del Derecho, sobre todo por parte de despachos de tamaño pequeño (unipersonal) o medio: las completas y las parciales. Las completas son aquellas en las que en el precio se incluyen las opciones tanto extrajudiciales como judiciales, y por consiguiente son las más caras a la hora de contratar. Las parciales son aquellas en las que, por norma general, el abogado se encarga de todo en la fase extrajudicial (algo que incluiría desde el asesoramiento sobre temas puntuales a la redacción de documentos tales como contratos, burofax, cláusulas, cartas, etc., e incluso la asistencia a reuniones en nombre del cliente, liquidaciones de impuestos, peticiones de notas registrales, negociaciones, reclamaciones…). Evidentemente, al quitar la fase judicial (esto es, la asistencia expresa a juicios), el coste de la misma disminuye muchísimo.
Llegados a este punto cabría preguntarse quiénes son los clientes que pueden optar por este tipo de relación contractual con un abogado. Por norma general, las Igualas Profesionales son óptimas para empresas (grandes o pequeñas) que tienen cierta necesidad de salvaguardar sus actividades bajo la supervisión de un Letrado. Cuanto mayor es el número de empleados y mayor el volumen de negocios, más necesaria es la presencia de un abogado que se encargue de la supervisión legal de la actuación de la empresa. También son óptimas para entidades asociativas (especialmente de índole social, empresarial o cooperativistas), pues permiten que sus asociados puedan recibir asesoramiento legal de manera continua y gratuita no sólo relacionadas con sus relaciones asociativas, sino también a nivel personal. Finalmente, es también importante reseñar que prácticamente sería innecesario realizar una Iguala Profesional a nivel individual.
Por último, pero no por ello menos importante, hay que tener siempre muy claro si se firma una Iguala Profesional qué es lo que nos cubre y qué es lo que no. No hay nada como tener las cosas claras de antemano para no llevarse ningún tipo de sorpresas.
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